Con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio 2010, no todas las medidas son orientadas a la elevación del tipo impositivo de impuestos, es así como podemos comentar el caso del Impuesto de Sociedades que quedaría reducido en un 5%cumpliendo ciertos requisitos, que a continuación pasamos a detallar. Hay que tener en cuenta que esta propuesta se venía fraguando desde las reformas del 2009.
Dicha reducción en el tipo impositivo no es para todas las empresas,aunque seguramente para la gran mayoría de Pymes y empresas de reducida dimensión, o en todo caso para aquellas que cumplan los siguientes requisitos:
-Empresas cuyos ingresos totales sean inferiores a 5 millones de euros.
-Durante el 2010 deben mantener o aumentar la plantilla respecto del 2009.
-Empresas cuyo número de empleados sea inferior a 25 trabajadores.
Ahora bien, para las sociedades que se constituyan en los años 2009, 2010 y 2011 y la plantilla media en los 12 meses siguientes al inicio del primer periodo impositivo sea superior a 0 pero inferior a la unidad, podrán aplicar los tipos reducidos en el periodo de constitución de la sociedad, siempre y cuando la plantilla media de los 12 meses siguientes sea superior a la unidad.
La reducción prevista para las sociedades que cumplan dichos requisitos, será del 5% para los dos tramos de la tabla,como comentara anteriormente, es decir:
- Para una base imponible, entre 0 a 120.202,41 euros, al 20%, en lugar del 25%.
- Para el resto de la base imponible, el 25% en lugar del 30%
Es importante agregar a la presente entrada que respecto del porcentaje de retención o ingreso a cuenta, se eleva de 18% a 19%.
Como siempre, espero que lo expuesto os sea de utilidad.
domingo, 24 de enero de 2010
NOVEDADES DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES
Publicado por SUSANA LEÓN ORMEÑO en 3:48
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