miércoles, 15 de junio de 2022

NOVEDADES CAMPAÑA DE RENTA 2022

Ahora que  estamos en plena campaña de Renta del ejercicio 2021 que se presenta hasta el 30 de junio del 2022, creo que es importante comentar las principales novedades al respecto.

Son las siguientes:                            

Nuevos tramos de IRPF

Se han diseñado dos nuevos tramos de IRPF: un sexto tramo en la base imponible general que grava con un 47% las rentas superiores a 300.000 euros anuales y un cuarto tramo en la base imponible del ahorro que grava con un 26% las cantidades por encima de 200.000 euros anuales. 

Una casilla para las criptomonedas

La Agencia Tributaria ha colocado una nueva casilla en el borrador, la 1626 que se destinará a la declaración de criptomonedas. En concreto, habrá que acudir a 'Otras ganancias y pérdidas que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales' y colocar en el apartado 'Saldos en monedas virtuales' los movimientos realizados.

Para declarar la pérdida o ganancia derivada de la transmisión de estas criptomonedas, en cambio, habrá que acudir a 'Ganancias y Pérdidas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales'.

Deducciones en planes de pensiones

Las deducciones máximas por planes de pensiones privados son de 2.000 euros anuales por contribuyente y las deducciones por planes de pensiones empresariales son de 2.000 euros anuales por las aportaciones del trabajador y de 8.000 euros por las aportaciones del empresario.

Deducciones por obras de eficiencia energética

Existen tres nuevas deducciones estatales por obras de eficiencia energética en las viviendas de los contribuyentes:

Un 20% de deducción (con un máximo de 5.000 euros) para las obras que reduzcan al menos un 7% la demanda energética de calefacción y refrigeración.

-Una deducción del 40% (con un máximo de 7.500 euros) de las cantidades pagadas en obras para reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable o para mejorar la calificación energética al grado A o B.

Compraventa de artículos de segunda mano

Los contribuyentes solo tendrán que declarar esos movimientos si el valor de venta es superior al valor de adquisición. Si se trata de una actividad frecuente o los ingresos superan el Salario Mínimo Interprofesional el contribuyente tendrá que darse de alta como autónomo y declarar también en el IVA.

Tributación de los trabajadores extranjeros

Los trabajadores que, tras vivir diez años en el extranjero, tributen en España han de hacerlo por un 24% hasta los 600.000 euros. A partir de ahí tributarán por el 47%, como en el sexto tramo recién implantado.

Exenciones en las ayudas por las catástrofes naturales

Las ayudas concedidas por fallecimiento o incapacidad permanente derivadas de la tormenta 'Filomena' o de la erupción del volcán de La Palma están exentas de ser declaradas en el IRPF.

Espero que como siempre, la presente entrada os sea de utilidad. 

Recuerda, no aceptes el borrador de Hacienda sin revisarlo detenidamente, que muchas veces trae como consecuencia declarar incorrectamente el impuesto o en su caso, perder deducciones a las que tenías derecho.

Si necesitas que te ayude con tu declaración de Renta este año, puedes contactar conmigo a través del siguiente email:

susamix@gmail.com