domingo, 22 de noviembre de 2009

OPERACIONES VINCULADAS: SOCIO Y EMPRESA II

Como comentara en mi anterior entrada, ahora trataremos como se lleva contablemente este tipo de operaciones tan comunes hoy en día.
Bajo la pespectiva contable se deberá realizar el registro de la operación conforme al vigente Plan General Contable, utilizando, si procede, el valor de coste amortizado o de tantos efectivos. Hay que tener en cuenta que salvo la existencia de gastos y comisiones de formalización, el tanto efectivo y el tanto nominal serán idénticos no variando el cuadro de amortización.
Los supuestos que pueden darse son préstamos a corto plazo o a largo plazo,de la sociedad al socio o del socio a la sociedad.
Veamos el caso de un préstamo a corto plazo(menos de un año)entre el socio y la empresa.Utilizaremos, la cuenta 551 Cuenta corriente de efectivo con socios y administradores, en nuestro ejemplo, supongamos que el socio presta a la empresa 2.500€.Se reflejaría de la siguiente manera:
Debe
2.500€ (57xxxx)Banco/tesorería
Haber
2.500€ (551)Cta.Cte.Socio y administradores
Ahora bién,el devengo de los intereses(interés legal del dinero)se contabiliza:
Debe
xxxxx€(6622)Intereses de deuda partes vinculadas
Haber
xxxxx€(5145)Intereses de deuda a corto plazo,otras partes vinculadas
Veamos , si fuera a la inversa, que el socio recibe dinero de la sociedad, sería reflejado de la siguiente manera:
Debe
2.500€(551)Cta.Cte.Socio y administradores
Haber
2.500€(57xxxx)Banco/tesorería
El devengo de los intereses se reflejarían de la siguiente manera:
Haber
xxxxxx€(76212)Ingresos de créditos a corto plazo,otras partes vinculadas
Debe
xxxxxx€(5345)Intereses a corto plazo de créditos a otras partes vinculadas
Veamos ahora, el caso de deudas a largo plazo(más de un año)normalmente para cantidades más elevadas, supongamos que sea por 10.000€,que la sociedad recibe del socio:
Debe
10.000€(57xxxx)Banco/tesorería
Haber
10.000€(163)Otras deudas a largo plazo de partes vinculadas
Si fuer a la inversa, de la sociedad al socio:
Debe
10.000€(163)Otras deudas a largo plazo de partes vinculadas
Haber
10.000€(57xxxx)Banco/tesorería
Y el devengo de los intereses se devengarían de la misma forma que a corto plazo,explicado anteriormente.
Espero que lo expuesto os sea de utilidad.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Tengo un crédito importante con la empresa en la que tengo un 45%.
Desde el Año 2007 dicho préstamo de 105.000 €.- ha ido creciendo o decreciendo, en este último caso cantidades liquidas percibidas y a cuenta devolución de préstamo. Están protocolizados en Acta y liquidan interés al socio y se declararan en Hacienda.

Ahora bien, NO tengo formalizado contrato, y me interesa que me lo devuelvan.
Las relaciones no son buenas con el resto de socios...
Tengo alguna opción???